Con 20 votos a favor, 4 en contra se aprueba el dictamen 2 de la Comisión de Igualdad de género y juventudes presidido por la Diputada Michel Sánchez Allende.
Artículo 160 QUINQUIES: Se impondrá de dos a seis años de presión y multa de 500 a 2 mil veces el valor diario de la UMA a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona (Código Penal BC).













